Telde celebrará encuentros deportivos con público siempre bajo la autorización de la Dirección del Servicio Canario de Salud

Tras la declaración de semáforo verde en Gran Canaria por la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias.

El Concejal de Actividad Física y Deportes del Ayuntamiento de Telde, Diego Ojeda, comunica que tras declararse a la isla de Gran Canaria en semáforo verde, por parte de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, debido a la mejora de los datos epidemiológicos por la COVID-19. Se podrán solicitar la celebración de encuentros deportivos con público en la ciudad de Telde, pero siempre que se obtenga la autorización única de la Dirección del Servicio Canario de Salud, por parte de las federaciones correspondientes.

El edil teldense recuerda que, según se especifica en el apartado 2.1.11 del Acuerdo de Gobierno de 19 de Junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, las distintas federaciones deportivas podrán solicitar, para la celebración de competiciones deportivas federadas con público, una autorización única de la Dirección del Servicio Canario de Salud que se extienda a toda la temporada deportiva. A tales efectos, a la solicitud deberá acompañarse el calendario deportivo de la citada temporada, el protocolo que garantice el seguimiento de todas las medidas de higiene y distancia requeridas por las autoridades sanitarias para la prevención de la COVID-19.

Añadiéndose que, de conformidad con lo establecido en la Resolución 8 de octubre de 2020, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba la actualización de determinadas medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo del Gobierno de 19 de junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma (BOC nº 208, de 09.10.2020), le recordamos que serán responsables de garantizar el cumplimiento de estas medidas generales de prevención y protección frente al COVID-19, la persona o entidad titular de la actividad, pudiendo ser sancionadas tanto estas personas responsables como individualmente la persona que incumpla.